
Gobierno Bolivariano
de Venezuela

Ministerio del Poder Popular
para las Comunas y los Movimientos Sociales

Consejo Comunal
Emancipaciòn Siglo XXI
Rif: J-29959400-8
URB. Punto Fijo
Consejo Comunal Emancipaciòn Siglo XXI
Comité Comunitario de Personas con Discapacidad
Vocero Principal: Judith
Vocero Suplente:
Es el comité que ejerce la vigilancia social dentro del Consejo Comunal para que se cumplan los derechos y deberes que tienen las personas con discapacidad, estableciendo programas y proyectos que atiendan de manera integral y que garanticen a las personas con discapacidad la inclusión y equiparación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad, a su vez promueve las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas para estas personas vinculándose con los comités de protección e igualdad social, recreación y deporte, y economía comunal, para establecer los planes, metas, y actividades relacionados con los asuntos sociales que conlleven a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias. Su constitución está basado en los ART: 19, 20, 21, 22, 60, 62 de la CRBV; la Ley para las Personas con Discapacidad, la Ley Orgánica de los Consejos Comunales y el Proyecto Nacional Simón Bolívar (II eje Suprema Felicidad Social).

Funciones del Comité:
- Realizar mesa de trabajo para discutir sobre las necesidades de asumir un programa que atienda la discapacidad en la comunidad.
- Realizar un censo integral de personas con discapacidad del lugar y sus condiciones de vida, apoyado en el trabajo de otros comités de trabajos u organizaciones comunitarias (comités de salud, comité de protección e igualdad social, comités de alimentación, comité de educación, comité de economía popular).
- Iniciar un programa de atención comunitaria integral de la discapacidad y mantener un buen funcionamiento.
- Gestionar la elaboración de proyectos, metas y actividades que atiendan las necesidades sectoriales de las personas con discapacidad.
- Garantizar a las personas con discapacidad la inclusión y equitación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad.
- Garantizar la participación de las personas con discapacidad en las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas dentro de la comunidad.
- Llevar la gestión de los proyectos, planes y programas de las diferentes actividades relacionadas con los asuntos sociales de las personas con discapacidad.
- Establecer una capacitación productiva para personas con discapacidad.
- Conocer y maneja la guía para el maestro de escuela y del manual de atención a las personas con discapacidad.
- Gestionar antes los entes del Estado todo lo que tiene que ver la atención integral de las personas con discapacidad.
- Cooperar con la aplicación de medidas que protegen a las personas con discapacidad.
- Coordinar con el comité de economía comunal la generación de empleo para personas con discapacidad creando empresas.
- Coordinar con el comité de vivienda y hábitat la dotación de viviendas dignas a las personas con discapacidad que la requieran estableciendo las normas de construcción que estas deben de tener según los casos.
- Establecer mesas de trabajos con otros Consejos Comunales y Comunas en Construcción para realizar atención integral y social a las personas con discapacidad de otras localidades.
- La promoción de foros o charlas informativas y educativas inherentes al tema de las personas con discapacidad.
- Todas aquellas otras que le sean atribuidas por el Consejo Comunal.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Defensoría del Pueblo.
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
Alcaldías.
Comisiones permanente de las diferentes Camaras Municipales