
Gobierno Bolivariano
de Venezuela

Ministerio del Poder Popular
para las Comunas y los Movimientos Sociales

Consejo Comunal
Emancipaciòn Siglo XXI
Rif: J-29959400-8
URB. Punto Fijo
Consejo Comunal Emancipaciòn Siglo XXI

Comité de Economía Comunal
Vocero Principal: Denny Osechas
Vocero Suplente:
El comite de Economia Comunal tiene la responsabilidad de gestionar en forma organizada, de fomentar, coordinar, promover y evaluar las actividades relacionadas con la Economia Comunal en la comunidad, Fomentar las actividades productivas de la zona, integrar socialmente a los ninos y adolescente, padres y representantes en programas produccion social como actividad sana y benefica para el desarrollo de la economia local y mejorar la calidad de vida.
Es amplio en el campo de actividades que tiene este comite, encargado de incentivar la participacion comunitaria en las areas de desarrollo de la actividad economica de la poblacion, incentivar el coopetativismo, las unidades de produccion social, las Empresas de produccion social, la unidades familiares de produccion social, y incentivar el mercado local para el empleo de la mano de obra productiva de la comunidad.
Funciones del Comité:
Estimular y promover el desarrollo endógeno.
· Diversificar la producción de bienes y servicios.
· Generar empleo productivo en nuestra comunidad.
· Garantizar la soberanía alimentaría.
· Fortalecer la economía social (cooperativas, microempresas, cajas de ahorro, empresas comunitarias).
· Promover incentivos para la localización de actividades productivas y población en zonas especiales de desarrollo, a nivel de la comunidad.
· Crear un sistema de economía comunal sobre las base del socialismo.
Promover el conocimiento y estudio de la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.
· Articular y participar, conjuntamente con los demás comités y formas organizativas existentes dentro de la comunidad, en la planificación y elaboración de planes, programas y proyectos socio-productivos, ART: 46 LOCC.
· Incentivar el intercambio de recursos no financieros entre las comunidades tales como jornadas de trueque comunitario.
· Debe coordinar y articular con otros comités de economía, Consejos Comunales y Comunas para el intercambio de bienes y servicios de producción socialista y experiencias obtenidas.
· Presentar la rendición de la memoria y cuenta cuando esta le sea requerida por la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas del Consejo Comunal.
· Gestionar la implementación de programas para la formación, asistencia técnica y actualización tecnológica de las organizaciones socio-productivas.
· Realizar un censo, para calificar la mano de obra de la comunidad, nivel de empleo existente, nivel de economía informal, nivel de negocios de artículo de primera necesidad, forma de producción, proyectos y potencialidades con el objetivo de crear mecanismos viables que ayuden a bajar el índice de desempleo dentro de la misma
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social. (FONDEMI, MISIÓN CHE GUEVARA, INCES, SUNACOOP)
Ministerio del Poder Popular para la Industrias Ligeras y Comercio.
Fondo de Desarrollo Micro financiero. (FONCREI).
Ministerio del Poder Popular para LA Agricultura y Tierra. (CIARA. FONDOENDOGENO).
Banco de la Mujer.
Ministerio del Poder Popular para La Secretaria de la Presidencia